Mendoza, Carlos Gabriel C/ Anses S/Reajustes Por Movilidad

Información Básica
Nombre del Caso:
Mendoza, Carlos Gabriel C/ Anses S/Reajustes Por Movilidad
N° Expediente:
FSA 9835/2023
Fecha Sentencia:
12/12/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala II
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
movilidad tope PBU cosa juzgada costas jubilacion recurso directo ganancias tasa de sustitucion constitucionalidad no regresividad DNU AMPO IPC ISBIC PC PAP confiscatoriedad
Carátula:
Mendoza, Carlos Gabriel C/ Anses S/Reajustes Por Movilidad
Resumen:
El caso involucra a Carlos Gabriel Mendoza contra la ANSeS por reajustes de movilidad en su haber jubilatorio, adquirido el 16 de junio de 2021 bajo la Ley 24.241. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el recalculo de las prestaciones iniciales, pero difirio el analisis de constitucionalidad de la Ley 27.609 y el recalculo de la Prestacion Basica Universal (PBU) segun el precedente "Quiroga". Rechazo incluir anos excedentes para la PBU y aplicar impuesto a las ganancias, e impuso costas a la demandada. ANSeS apelo, cuestionando la factibilidad del recalculo de la PBU, la tasa de sustitucion, la inconstitucionalidad de los topes de la Ley 24.241 (Arts. 24 y 26), el impuesto a las ganancias y las costas. El actor tambien apelo, objetando el diferimiento del analisis de movilidad de la Ley 27.609, la cual considero insuficiente y no regresiva, y planteo la inconstitucionalidad del DNU 274/24. Tambien pidio aplicar el Art. 20 original de la Ley 24.241 para incrementar la PBU, declarando inconstitucional el Art. 4° de la Ley 26.417. La Camara Federal de Salta - Sala II, rechazola apelacion de ANSeS, confirmando los agravios. Hizo lugar parcialmente a la apelacion del actor, declarando la inconstitucionalidad del Art. 1° de la Ley 27.609 y ordenando ajustar la movilidad conforme al precedente "Palavecino". Confirmo el recalculo de la PBU conforme "Quiroga", rechazando la pretension del actor de aplicar el Art. 20 original de la Ley 24.241 por considerarlo una creacion pretoriana. Ratifico el diferimiento de la tasa de sustitucion a la etapa de liquidacion y el rechazo a la retencion de impuesto a las ganancias. Las objeciones contra el DNU 274/24 se consideraron prematuras, dejando a salvo el derecho de reeditar la cuestion en la etapa de ejecucion. Se convalido la inconstitucionalidad de los topes del Art. 24 de la Ley 24.241 y Art. 14 de la Res. SSS 6/2009. Las costas de alzada fueron impuestas a la ANSeS.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en reiterados precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (CSJN) y de la misma Camara Federal de Salta - Sala II. Se cita "Quiroga Carlos Alberto" de la CSJN para la metodologia de recalculo de la PBU y para determinar si la merma es confiscatoria. Otros precedentes de la Sala incluyen "Aguado Nelida del Carmen c/ANSES s/Reajustes Varios", "Fernandez Gladis c/ANSES s/Reajustes Varios", "Jaureguina Victor Hugo c/ANSES s/Reajuste de Haberes", "Fernandez Pedro Roberto c/ANSES s/Reajustes Varios" y "Soule Humberto Neri c/ANSeS s/ Reajustes Varios" (de la otra Sala de la Camara) para la actualizacion de la PBU. Para la inconstitucionalidad de la ley 27.609 se remite a "Marquez, Raimundo c/ ANSeS s/Reajustes Varios" y "Palavecino, Jose Ruben c/ ANSeS s/ Reajustes Varios". En cuanto al impuesto a las ganancias, se invoca "Percivaldi, Roberto c/ANSeS" (Fallo Plenario de la Camara Federal de Apelaciones de Salta) y precedentes de la CSJN. Para los "topes" se citan "Marquez, Raimundo", "Casas, Jose Ramon", "Jubany, Lilian Laura" y "Garcia Vidal, Luis Alberto". La imposicion de costas se basa en "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnacion de acto administrativo" de la CSJN. Ademas, se menciona el principio de "ultima ratio" para la declaracion de inconstitucionalidad.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241 (Art. 19, Art. 20, Art. 24, Art. 26), Ley 27.609 (Art. 1°), Decreto 274/24, Ley 26.417 (Art. 4°), Ley 18.037 (Art. 49), Ley 20.628, Ley 27.423 (Art. 36), Resolucion SSS 6/09 (Art. 14, ap. 2 segundo parrafo), Art. 14 bis de la Constitucion Nacional, Art. 109 RJN, Acordadas de la CSJN 24 del 2013 y 10 del 2025
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion