Carátula:
Rios, Matilde Amalia C/Anses S/Reajustes Varios
Resumen:
El presente caso judicial, caratulado 'Rios, Matilde Amalia C/Anses S/Reajustes Varios' y tramitado bajo el expediente N° FSA 36552/2018, involucra un recurso de apelacion de ANSES contra una resolucion de Primera Instancia que aprobo una liquidacion presentada por la actora y ordeno aplicar el precedente 'Palavecino, Jose Ruben' de la Sala II de la Camara Federal. La liquidacion aprobada, por el periodo 25/4/16 al 31/1/23, ascendia a $2.943.949 en concepto de capital e intereses. ANSES se agravio de la aplicacion del precedente 'Palavecino', el cual declaro la inconstitucionalidad de las pautas de movilidad de la ley 27.609. El organismo argumento que la actora no cuestiono la constitucionalidad de dicha ley en la etapa procesal oportuna y consintio las movilidades generales en su planilla de liquidacion. Por ello, solicito revocar la decision de inconstitucionalidad y aplicar la movilidad general para el periodo posterior a 12/20, haciendo reserva del caso federal. La sentencia definitiva de Primera Instancia, dictada el 30/9/21, habia ordenado redeterminar el haber inicial de la Sra. Matilde Amalia Ruiz, actualizando remuneraciones con ISBIC y luego con indices de movilidad, difiriendo cuestiones como la aplicacion de una tasa de sustitucion y el recalculo de la Prestacion Basica Universal (PBU), asi como el analisis de la inconstitucionalidad de la ley 27.609, para la etapa de ejecucion. Dicho pronunciamiento fue parcialmente confirmado por la Camara Federal el 30/12/21. Al resolver el recurso, la Camara Federal de Salta - Sala I, confirmo la sentencia apelada. El Tribunal considero que la cuestion de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 ya habia sido abordada en el antecedente 'Colina, Adolfo Humberto', pronunciamiento del 8/5/25, a cuyos fundamentos se remite. Ademas, si bien la aplicacion del fallo 'Palavecino' difiere en el periodo 2021 del criterio de 'Colina', el Tribunal determino que expedirse en un sentido que pudiera arrojar un resultado mayor para la apelante (ANSES) violaria el principio de 'reformatio in peius', citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion. No obstante, se dejo a salvo que la actora no podra efectuar una nueva liquidacion exigiendo diferencia alguna por la formula dispuesta en el antecedente 'Palavecino' por el periodo anterior al 31/1/23, dado que no habia planteado la cuestion de movilidad en grado. Las costas de Alzada se impusieron a la vencida.
Fundamentos:
La sentencia confirma la aplicacion del precedente 'Palavecino, Jose Ruben' para la formula de movilidad, a pesar de la impugnacion de ANSES sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y la falta de cuestionamiento de la actora en grado. Se invoca el principio de 'reformatio in peius' para no modificar lo decidido en grado de manera que perjudique a la unica apelante, ya que la aplicacion de otro criterio ('Colina, Adolfo Humberto') podria resultar en un monto mayor para ANSES. Sin embargo, se deja a salvo que la actora no podra realizar una nueva liquidacion por diferencias de movilidad de 'Palavecino' para el periodo anterior al 31/1/23, por no haberlo planteado oportunamente. Se imponen las costas de Alzada a la vencida.
Normativa Aplicada:
ley 27.609, ley 26.417, ley 24.241 (arts. 9, 24 inc. a, 25 y 26), ley 24.463 (art. 9, art. 22), res. SSS 6/09 (art. 14), CPCCN (art. 68), ley 27.423 (art. 36)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion