Cruz Justo C/Anses

Información Básica
Nombre del Caso:
Cruz Justo C/Anses
N° Expediente:
FSA3894
Fecha Sentencia:
09/12/2025
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
Reajustes Intereses Costas Liquidacion Jubilacion Moroso Cosa Juzgada
Carátula:
CRUZ JUSTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El presente caso corresponde a la etapa de ejecucion de una sentencia previa, donde la parte actora, CRUZ JUSTO, presento planillas actualizadas por diferencias de intereses contra ANSES. Previamente, una liquidacion de $11.977.123,23 (que incluia capital e intereses hasta el 31/12/2023) habia sido aprobada judicialmente y pagada parcialmente. No obstante, la demora de ANSES en realizar la transferencia de fondos genero la necesidad de calcular nuevos intereses. La parte actora cuantifico intereses adicionales por $8.550.984,93 para el periodo 01/01/2024 al 01/07/2025 y $230.864,07 para el periodo 02/07/2025 al 30/07/2025. ANSES impugna estos nuevos calculos, alegando que se aplicaban intereses sobre intereses, lo cual consideraba improcedente. El Juzgado Federal de Salta 2, sin embargo, amparandose en el articulo 770, inciso 'c', del Codigo Civil y Comercial de la Nacion, determino que es valida la aplicacion de intereses sobre intereses cuando el deudor (ANSES) se muestra moroso en el pago de una deuda previamente liquidada judicialmente. Ademas, la sentencia cita jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, que sostiene que los pagos parciales realizados sin reserva por los jubilados carecen de eficacia liberatoria. En consecuencia, el tribunal aprobo la liquidacion de intereses por $8.550.984,93 para el primer periodo y condeno a ANSES al pago de las costas, dejando el calculo del segundo periodo pendiente de firmeza.
Fundamentos:
Los fundamentos principales de la sentencia se basan en la aplicacion del articulo 770, inciso 'c', del Codigo Civil y Comercial de la Nacion (anteriormente art. 623 del Codigo Civil), que establece la procedencia de la aplicacion de intereses sobre intereses cuando una deuda judicialmente liquidada con acrecidos no es pagada en termino por el deudor. Ademas, se respalda en el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (Fallos 305:1893) que indica que los pagos efectuados por organismos previsionales y percibidos sin reserva por los jubilados carecen de eficacia liberatoria, impidiendo al organismo quedar liberado de su obligacion si el pago no incluye la totalidad de las sumas adeudadas. Se destaca que la ANSeS no abono las sumas adeudadas en legal tiempo y forma, generando nuevos intereses. Finalmente, se impusieron las costas a la demandada en virtud del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN).
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Codigo Civil y Comercial de la Nacion, art. 770 inc. 'c' (ex art. 623 CC), CPCCN art. 68, Fallos 305:1893 (Corte Suprema de Justicia de la Nacion)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion