Carátula:
Lopez, Celina C/Anses S/Inc Honorarios
Resumen:
La sentencia emitida por el Juzgado Federal de Salta 2, en el Expediente N° FSA 385/2019 caratulado "Lopez, Celina c/ANSES s/Inc Honorarios", resuelve la regulacion de honorarios profesionales de la Dra. Julia Tamara Toyos. El caso se centra en la determinacion de los aranceles correspondientes a la labor de la letrada en un proceso de ejecucion de sentencia. Para ello, se tomo como base el monto de la ejecucion, que asciende a $7.924.118,76, segun planillas de abril de 2024 y 2025. El Juzgado aplico la Ley Arancelaria N° 27.423, que instituye la Unidad de Medida Arancelaria (UMA). Se senala que la UMA, equivalente al 3% de la remuneracion basica de un juez federal de primera instancia, fue fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nacion en $84.963 a partir del 01/11/2025 (Resolucion SGA N° 3160/2025). La base regulatoria en UMA fue de 93,26. Para el calculo de los honorarios de la Dra. Toyos, ademas de las escalas previstas en el art. 21 de la ley (ubicandose en el cuarto grado, entre el 17% y 22%), se consideraron las pautas de valoracion del art. 16, incluyendo la importancia, calidad, extension de la labor, complejidad y resultado obtenido, asi como el doble caracter en que intervino (art. 14 y 20). Tras efectuar los calculos, aplicando el 22%, se llego a una suma de $1.743.306,13. A este monto se le sumo un 40% por el doble caracter ($697.322,45), resultando en $2.440.628,57. Luego, se aplico una reduccion del 10% ($244.062,85) por no haberse opuesto excepciones (art. 34), resultando en $2.196.565,72. Considerando una sola etapa (art. 29), el monto final se establecio en $1.098.282,86, equivalente a 12,92 UMA. Se aclara que este monto debera ser abonado en un plazo de diez dias desde que la sentencia quede firme, con mas el IVA si corresponde. El pago se considerara definitivo si se abona la cantidad equivalente en moneda de curso legal al valor de la UMA vigente al momento del pago.
Fundamentos:
Los fundamentos se basan en la determinacion de los aranceles correspondientes a la labor profesional de la Dra. Julia Tamara Toyos en un proceso de ejecucion de sentencia. Se toma como base el monto de la ejecucion y se aplica la Ley Arancelaria N° 27.423, que instituye la Unidad de Medida Arancelaria (UMA). Se considera el valor de la UMA fijado por la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, las escalas del art. 21, y las pautas de valoracion del art. 16, incluyendo la importancia, calidad y extension de la labor, complejidad, resultado obtenido, y el doble caracter de la intervencion de la profesional (art. 14 y 20). Se aplican reducciones por no haber excepciones y por considerar una sola etapa del proceso (art. 34 y 29). Finalmente, se especifica que el pago debe realizarse en moneda de curso legal equivalente al valor de la UMA vigente al momento del pago, mas el IVA si corresponde.