Cruz, Hector Enrique C/ Anses S/Reajustes Por Movilidad

Información Básica
Nombre del Caso:
Cruz, Hector Enrique C/ Anses S/Reajustes Por Movilidad
N° Expediente:
FSA 7164/2021
Fecha Sentencia:
06/02/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 2
Detalles Técnicos
Jueces:
MARCELA LILIANA LEHR, JOSE IGNACIO MORAL
Palabras Clave:
movilidad tope PBU jubilacion pension reajustes honorarios costas inconstitucionalidad intereses retroactivos confiscatoriedad tasa de sustitucion impuesto a las ganancias
Carátula:
Cruz, Hector Enrique C/ Anses S/Reajustes Por Movilidad
Resumen:
La sentencia, emitida por el Juzgado Federal de Salta 2, aborda la demanda de reajuste por movilidad interpuesta inicialmente por Hector Enrique Cruz contra la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSES). El actor solicito una nueva determinacion de su haber de origen jubilatorio, actualizando las remuneraciones con el indice ISBIC, recalculando la PBU y la movilidad posterior. Ademas, pidio la inconstitucionalidad de varios articulos de la ley 24.241, la liberacion del tope del haber reajustado y la exencion del impuesto a las ganancias. ANSES, por su parte, opuso la excepcion de prescripcion y defendio la validez de los indices de movilidad y topes vigentes. El Fiscal Federal se pronuncio a favor de la procedencia parcial de la demanda. Posteriormente, el actor fallecio y su viuda, Maria Elizabeth Heredia, continuo la accion en su caracter de pensionada. El Juzgado resolvio hacer lugar parcialmente a la demanda, ordenando recalcular las prestaciones del haber inicial y aplicar la movilidad posterior conforme a diversas leyes (26.417, 27.426, 27.541, 27.609 y DNU 274/2024), declarando inaplicable la Resolucion 56/18 de ANSeS y la Resolucion SSS 6/09 por exceso reglamentario. Se acepto la movilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 segun el precedente “Badaro”, rechazando la tasa de sustitucion del 70% y otros planteos de inconstitucionalidad. El pago de retroactivos, con intereses a tasa pasiva, se ordena desde el 18/06/2019 hasta la fecha del deceso del causante, estableciendo la proporcion para la viuda. Se declaro la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre el beneficio y los retroactivos. Los honorarios se difieren a la etapa de liquidacion y las costas se imponen a ANSES.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en el principio protectorio del derecho laboral y previsional, evitando rigorismos formales y valorando la prueba con amplitud, en linea con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion (CSJN Fallos: 313:79). Para el recalculo del haber inicial, se aplica el precedente “Elliff” (Fallos: 332:1914) que establece el uso del indice ISBIC, declarando inaplicable la Resolucion 56/18 de ANSES por su retroactividad y rango inferior, en concordancia con el fallo “Blanco, Lucio Orlando”. La movilidad posterior se rige por las leyes 26.417 y 27.426, asi como por las modificaciones introducidas por las leyes 27.541, 27.609 y el DNU 274/2024, atendiendo a la doctrina de la Camara Federal de Apelaciones de Salta en los precedentes “Caliva, Roberto Daniel” y “Marquez Reimundo”. La actualizacion de la PBU se analiza bajo la doctrina “Quiroga” y se evalua la confiscatoriedad utilizando el ISBIC como indice de repotenciacion, siguiendo los criterios de las Salas I y II de la Camara Federal de Apelaciones de Salta en casos como “Aguado” y “Soule Humberto Neri”. Se rechaza la pretension de una tasa de sustitucion del 70% conforme al precedente “Benoist, Gilberto”. La inconstitucionalidad de topes (art. 24 inc. a y art. 26 de la ley 24.241) se difiere a la etapa de ejecucion, aplicandose la doctrina de la CSJN sobre perjuicio economico confiscatorio (Fallos: 323:4216 y 329:3211). Se valida el tope de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 segun “Gualtieri” y se declara la inaplicabilidad del art. 14 de la Resolucion SSS 6/09 por exceso reglamentario. Se concede la movilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 conforme al precedente “Inchaurrondo, Jose Luis” y “Badaro”. Se rechazan otros planteos de inconstitucionalidad por considerarse la ultima ratio. Las costas se imponen a ANSES bajo el principio objetivo de la derrota (precedente “Morales, Blanca Azucena”). Los intereses se fijan a la tasa pasiva promedio del Banco Central de la Republica Argentina (“Spitale”). Se declara la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre el haber previsional y los retroactivos, siguiendo la doctrina “Garcia, Maria Isabel” (Fallos 342:411) y posteriores plenarios de la Camara Federal de Apelaciones de Salta.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241 (Arts. 9, 19, 20, 23 inc. b, 24 inc. a, 25, 26, 32, 168), Ley 18.037 (Art. 82), Resolucion 140/95, Ley 26.417 (Art. 2, Art. 4), Resolucion 56/18, Resolucion Secretaria de Seguridad Social N° 6/2016, Codigo Civil y Comercial de la Nacion (Art. 7), Ley 27.260 (Reparacion Historica), Decreto 807/2016, Ley 27.426 (Art. 1, Art. 2, Art. 3), Ley 27.541 (Art. 1), DNU Nº 542/2020, Decretos Nº 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, Ley 27.551, Ley 27.609, DNU 274/2024 (BO 25/03/2024), Decreto 833/97 (Art. 1º), Resolucion SSS 6/09 (Art. 14), Ley 24.463 (Art. 9, Art. 22), Ley 26.153 (Art. 2), Ley 23.928 (Art. 7), Ley 25.561 (Art. 4), Ley 27.423 (Ley arancelaria, Arts. 6 inc. c, 15, 16 inc. a, 19, 21, 22, 24, 52), Ley 21.839 (Art. 4), Ley 20.628 (Arts. 23 inc. c, 79 inc. c, 81, 90), Leyes 27.346, 27.430.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion