Carátula:
Aquino, Jose Marcelo C/ Anses S/ Reajustes Varios
Resumen:
La sentencia judicial aborda un caso de reajustes previsionales ("Aquino, Jose Marcelo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios") tramitado ante el Juzgado Federal de Salta 1. El actor presento una liquidacion ampliatoria de capital e intereses por un monto total de $1.223.912,52 para el periodo 01/11/2020 al 31/10/2023, asi como una liquidacion por diferencias de intereses sobre sumas ya percibidas por $281.227,41 para el periodo 31/10/2020 al 29/12/2022. La ANSeS impugno ambas liquidaciones, argumentando que se aplico una movilidad diferente a la ordenada en la sentencia, especialmente al referirse al fallo “Marquez, Raimundo” para el periodo 2020. Tambien cuestiono la solicitud de astreintes por ser improcedente y la indemnizacion por danos por exceder el marco de un proceso de ejecucion. El Juzgado Federal de Salta 1 resolvio admitir parcialmente la impugnacion de ANSeS. Aprobo las liquidaciones presentadas por el actor, un total de $1.223.912,52 y $281.227,41 respectivamente, adhiriendose al criterio de la Camara Federal de Apelaciones de Salta en el caso “Marquez, Raimundo” para la movilidad en periodos posteriores a la sentencia, basandose en la naturaleza alimentaria de la prestacion y principios de economia procesal. Sin embargo, rechazo la pretension de indemnizacion por danos y perjuicios al considerarla ajena al proceso previsional de ejecucion. Se difirio la regulacion de honorarios y la actualizacion de las diferencias de intereses hasta que la resolucion se encuentre firme. Las costas del incidente se impusieron en un 90% a la ANSeS.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en: 1. La aplicacion del precedente “Marquez, Raimundo” de la Sala II de la Camara Federal de Apelaciones de Salta (resolucion del 26 de noviembre de 2021) para la determinacion de la movilidad en periodos posteriores al dictado de la sentencia, incluso durante la suspension de la ley 27.426. 2. La facultad de los magistrados de determinar criterios de movilidad en la etapa de ejecucion de sentencia que no fueron contemplados en el pronunciamiento definitivo por cuestiones temporales, citando la causa “Campos Toranzos, Marcos Aurelio c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Flores, Humberto c/ ANSeS y otros/ Reajustes Varios” (Sala I, 9 de marzo de 2023). 3. La naturaleza alimentaria de la prestacion, la avanzada edad del accionante y razones de economia procesal para evitar un nuevo proceso (Fallos: 330:5342). 4. Lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nacion en “Cingolani, Francisco Florencio c/ ANSeS s/Ejecucion previsional” (10 de abril de 2012), que establece que la limitacion temporal de la ejecucion vulnera la cosa juzgada. 5. El rechazo del pedido de indemnizacion por danos y perjuicios, al considerarlo una cuestion de naturaleza eminentemente civil que requiere un amplio debate en un proceso de conocimiento autonomo y que excede el objeto del proceso previsional de ejecucion. 6. La imposicion de costas en un 90% a la ANSeS, en virtud del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN).
Normativa Aplicada:
Ley 27.609, Ley 26.944 (Art. 3), CPCCN (Art. 68), Tasa Pasiva Comunicado 14290 BCRA, Fallos: 330:5342, Fallo “Marquez, Raimundo”, Fallo “Cingolani, Francisco Florencio”, Fallo “Villanustre”, Fallo “Abraham”, Fallo “Flores Humberto”, Fallo “Gamarra”.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion