Viñabal, Adolfo Cesar C/ Anses Y/O Pen S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Viñabal, Adolfo Cesar C/ Anses Y/O Pen S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 4308/2017/CA3
Fecha Sentencia:
01/02/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
recurso de aclaratoria revocatoria in extremis honorarios base regulatoria intereses error material omisiones derecho de defensa reajustes varios cosa juzgada costas ley 27.423
Carátula:
Viñabal, Adolfo Cesar C/ Anses Y/O Pen S/ Reajustes Varios
Resumen:
La parte actora, representada por la Dra. Julia Tamara Toyos, interpuso un recurso de aclaratoria y, subsidiariamente, de revocatoria in extremis, contra una resolucion del 12/11/25. El recurso de aclaratoria se fundo en una supuesta omision de actualizar la base regulatoria para la fijacion de honorarios, aplicando intereses desde la fecha de corte de la planilla hasta la fecha de regulacion, conforme al art. 22 de la ley 27.423, con reserva del caso federal. La Camara Federal de Salta - Sala I rechazo ambos recursos. Argumento que el recurso de aclaratoria solo procede para subsanar errores materiales, oscuridades u omisiones en la sentencia, sin alterar el fondo de lo decidido. Respecto al recurso de revocatoria in extremis, senalo que solo es viable en casos excepcionales para resoluciones de segunda instancia que contengan un manifiesto error que cercene el derecho de defensa en juicio. La Sala reitero jurisprudencia previa y se remitió al antecedente analogo “Saravia, Teresa Asuncion c/ ANSeS s/ reajustes varios”, cuya sentencia del 18/2/26 fue adjuntada y considerada parte de la decision. Con base en estos fundamentos, el requerimiento fue rechazado.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en la naturaleza restrictiva del recurso de aclaratoria, que no permite alterar el fondo de la cuestion decidida, y en el caracter excepcional del recurso de revocatoria in extremis para resoluciones de segunda instancia, limitado a errores manifiestos que vulneren el derecho de defensa. Se basa en jurisprudencia consolidada de la CNFed.CC y de la propia Sala, ademas de remitirse por analogia a los fundamentos vertidos en el antecedente “Saravia, Teresa Asuncion c/ ANSeS s/ reajustes varios” (Expte. N° 15981/2015/3/CA4, sent. del 18/2/26).
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 22 de la ley 27.423, inc. 3° del art. 36 y el inc. 2° del art. 166 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion