Carátula:
Garcia, Martha Del Milagro C/ Anses S/Reajustes Varios
Resumen:
El Juzgado Federal de Salta 1 resuelve la impugnacion presentada por ANSeS contra la liquidacion de diferencias de intereses en el caso "Garcia, Martha Del Milagro c/ ANSeS s/Reajustes Varios". La actora habia solicitado la aprobacion de una liquidacion por $3.739.110,26 en concepto de intereses acumulados sobre $1.205.222,37 ya percibidos, correspondientes al periodo 01/10/2022 al 25/06/2025. ANSeS impugnaba esta liquidacion alegando capitalizacion de intereses, desproporcion en el monto de condena y que el corte de los intereses debio ser la fecha del embargo y no la de la efectiva percepcion de los fondos. El juzgado rechaza la impugnacion de ANSeS, fundamentando que los periodos y calculos de la actora son correctos y que, conforme jurisprudencia de la Camara Federal de Apelaciones de Salta, los intereses moratorios se interrumpen solo al momento en que la totalidad de los fondos adeudados estan a disposicion del acreedor. Ademas, el tribunal sostiene que el pago tardio e incompleto justifica el computo de intereses sobre intereses (anatocismo) segun el art. 770 inc. 'c' del CCyC. Se destaca que las objeciones de ANSeS fueron genericas e insuficientes para desvirtuar la planilla. Se aprueba la liquidacion de la actora por $3.739.110,26, se difieren los honorarios y se imponen las costas a ANSeS.
Fundamentos:
La sentencia rechaza la impugnacion de ANSeS, aprobando la liquidacion de intereses presentada por la actora. Se fundamenta que los intereses se computan hasta la efectiva percepcion de los fondos por el acreedor. La aplicacion de intereses sobre intereses (anatocismo) se justifica por el pago tardio e incompleto de las sumas. Se senala que las objeciones de la demandada fueron genericas y no cumplieron con los requisitos procesales de individualizacion de errores o presentacion de calculos correctos. Se impusieron las costas a la ANSeS.
Normativa Aplicada:
Art. 770 CCyC, Art. 68 CPCCN, Art. 178 CPCCN, Art. 504 CPCCN, Art. 591 CPCyC, Tasa Pasiva Uso Judicial Comunicado A-14290 BCRA
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion