Carátula:
Ramos, Honorio C/Anses S/Reajustes Varios
Resumen:
El Juzgado Federal de Salta 1 resuelve en el caso "Ramos, Honorio C/Anses S/Reajustes Varios", expediente N° FSA 13684/2014, una solicitud de readecuacion de liquidacion de haberes. La parte actora presento dos opciones de liquidacion despues de una previa orden judicial para corregir un exceso en el calculo de reajuste de aportes autonomos. La primera opcion totaliza $ 2.881.903,81 y la segunda $ 3.795.989,55, ambas para el periodo 30/04/2012 al 31/12/2024. El actor solicito la inconstitucionalidad de la suspension de la formula de movilidad por la Ley 27.541 y de la Ley 27.609, asi como de decretos asociados, argumentando una perdida de valor adquisitivo. ANSeS no contesto los nuevos calculos. El Juzgado, si bien reconoce la correccion de los aportes autonomos, establece que el empalme de movilidad entre la Ley 26.417 y la Ley 27.426 debe ajustarse a lo resuelto por la Corte Suprema en "Fernandez Pastor", declarando la constitucionalidad de la Ley 27.426. Respecto a la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, se remite al fallo "Palavecino" de la Camara Federal de Salta, que aplico el indice "Caliva-Marquez" (50% IPC y 50% RIPTE trimestral). La sentencia aprueba "en defecto" la opcion 1, por $ 2.881.903,81, senalando que a partir de enero de 2021 deberian aplicarse las pautas de "Fernandez Pastor". Se rechazan los danos y perjuicios y se difiere la regulacion de honorarios. Las costas se imponen a ANSeS.
Fundamentos:
Los fundamentos de la sentencia se basan en la necesidad de readecuar las liquidaciones de haberes del actor, Honorio Ramos, conforme a los precedentes judiciales. Se considera la correccion de los aportes autonomos. En cuanto a la movilidad, se establece que el empalme entre la Ley 26.417 y la Ley 27.426 debe seguir la doctrina de la Corte Suprema de Justicia en "Fernandez Pastor, Miguel Angel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos", que declaro la constitucionalidad de la Ley 27.426. Para el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609, se aplica lo resuelto por la Sala II de la Camara Federal de Apelaciones de Salta en "Palavecino, Jose Ruben c/ ANSeS s/Reajustes Varios", el cual declaro la inconstitucionalidad de las pautas de movilidad de dicha ley y establecio la aplicacion del indice "Caliva-Marquez" (50% IPC y 50% RIPTE) de manera trimestral. Asimismo, se ordena que los refuerzos previsionales y subsidios abonados sean tenidos en cuenta. Se aprueba la liquidacion "opcion 1" en defecto, advirtiendo la necesidad de aplicar las pautas de "Fernandez Pastor" desde 01/2021. Se rechaza el pedido de danos y perjuicios por exceder la naturaleza previsional del proceso y se difiere la regulacion de honorarios. Las costas se imponen a ANSeS segun el art. 68 CPCCN.
Normativa Aplicada:
Ley 26417, Ley 27551, Ley 27541, Ley 27609, Ley 27426, Ley 26944 art. 3, CPCCN art. 68, Decretos 163/2020, 495/2020, 542/2020, 692/2020, 899/2020
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion