Carátula:
LUNA, IRMA CORINA c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS
Resumen:
El Juzgado Federal de Salta 1 analiza el expediente “LUNA, IRMA CORINA c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS” luego de que ANSeS adjuntara una liquidacion de sentencia que fue impugnada por la accionante. La ANSeS presento una liquidacion por $2.785.123,29 en concepto de retroactivos, capital e intereses. La accionante impugno esta liquidacion, alegando que era parcial, y presento dos opciones de liquidacion ampliatoria con diferentes pautas de movilidad, reclamando la aplicacion de intereses sancionatorios, la actualizacion de la liquidacion y una indemnizacion por danos, ademas de solicitar la inconstitucionalidad de varias leyes (27.609, 27.541 y 27.426). La ANSeS, a su vez, opuso excepcion de pago y de cosa juzgada, e impugnar la liquidacion de la actora, rechazando la aplicacion del indice IPC y la indemnizacion por danos.
El Juzgado resuelve rechazar la liquidacion e impugnacion de la ANSeS por aplicar movilidad general en periodos posteriores a la sentencia e intereses calculados en defecto. Declara la inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 27.609 para la determinacion de los incrementos por movilidad, de acuerdo al precedente “Palavecino, Jose Ruben c/Anses s/Reajustes Varios” de la Camara Federal de Salta. Asimismo, la sentencia ordena a la accionante readecuar su liquidacion ampliatoria, excluyendo los periodos ya aprobados y firmes hasta el 31/10/2022, y aplicando los criterios de movilidad del precedente “Marquez” para periodos posteriores, y los de "Palavecino" para los periodos de vigencia de la Ley 27.609. Ademas, el tribunal indica a la actora que debe ajustar los conceptos percibidos a deducir y el pago a cuenta. Se impone el 50% de las costas a la ANSeS.
Fundamentos:
El Juzgado Federal de Salta 1 fundamenta su decision en el incumplimiento por parte de la ANSeS de las pautas de movilidad establecidas en resoluciones anteriores para periodos posteriores a la sentencia, especificamente la aplicacion de los precedentes “Marquez” y “Fernandez Pastor”. Se observa que la ANSeS aplico movilidad general en lugar de la ordenada y calculo intereses en defecto. Respecto a la impugnacion de la actora, se considera ajustada a derecho la aplicacion de los criterios “Marquez” para la movilidad. Sin embargo, se declara improcedente la solicitud de indemnizacion por danos y perjuicios por ser una pretension propia de una demanda ordinaria y no de un proceso de ejecucion. En cuanto a la propuesta de liquidacion ampliatoria de la accionante, el Juzgado determina que ya existen resoluciones firmes y consentidas hasta el 31/10/2022, por lo que esos periodos deben ser excluidos. Se establece que para los periodos posteriores a la sentencia, se deben aplicar las pautas del precedente “Palavecino, Jose Ruben c/Anses s/Reajustes Varios” de la Sala II de la Camara Federal de Salta (50% IPC y 50% RIPTE trimestral), declarando la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609. Tambien se senala que las opciones de movilidad de la actora a partir de 2021 difieren de “Palavecino”, lo que podria generar defectos. Finalmente, se ordena ajustar los conceptos percibidos y el pago a cuenta para que coincidan con los retroactivos de la ANSeS.
Normativa Aplicada:
Ley 26417, Ley 27551, Ley 27609, Ley 27541, Ley 27426, Ley 26944 art. 3, CPCCN art. 36, CPCCN art. 68, CN arts. 14 bis, 16, 17, 18, 28, 31, 33 y 75 incs. 22 y 23.
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion