Miranda, Carmen Rosa C/ Anses S/ Reajustes Por Movilidad

Información Básica
Nombre del Caso:
Miranda, Carmen Rosa C/ Anses S/ Reajustes Por Movilidad
N° Expediente:
FSA 10371/2023/CA1
Fecha Sentencia:
16/03/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala II
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
movilidad tope PBU cosa juzgada costas honorarios jubilacion ley 24.241 ley 27.609 decreto 274/24 ISBIC RIPTE tasa de sustitucion recurso de apelacion regularidad incapacidad ganancias
Carátula:
MIRANDA, CARMEN ROSA c/ ANSES s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD
Resumen:
La presente sentencia de segunda instancia resuelve un recurso de apelacion interpuesto por Carmen Rosa Miranda y la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSES) contra una decision previa del Juzgado Federal N° 1 de Salta. El caso se centra en reajustes por movilidad de la prestacion jubilatoria de la Sra. Miranda, obtenida bajo la ley 24.241 con fecha de adquisicion del derecho (FAD) original del 30/04/2021. El juzgado de primera instancia habia admitido parcialmente la demanda, ordenando el ajuste del beneficio, difiriendo el analisis de constitucionalidad de la ley 27.609 y estableciendo la aplicacion del decreto 274/24 tras su derogacion. Tambien postergo el recalculo de la Prestacion Basica Universal (PBU) segun el precedente 'Quiroga', el analisis de la tasa de sustitucion y de diversos topes, asi como la inconstitucionalidad del tope del art. 9 inc. 3. Las costas se impusieron 80% a ANSES, sin retencion por impuesto a las ganancias. ANSES apelo cuestionando el indice ISBIC, la aplicabilidad del precedente 'Quiroga' por diferencias facticas y legales, la tasa de sustitucion, la movilidad de la ley 27.426 sin declaracion de inconstitucionalidad y la inaplicabilidad de la ley 27.541. Tambien se opuso a la inconstitucionalidad de los topes (arts. 24 y 26, ley 24.241; art. 14, Resolucion SSS 6/2009) y la exencion del impuesto a las ganancias. La parte actora, Carmen Rosa Miranda, apelo el rechazo de su solicitud de fijar la FAD al 30/04/2020 y la no expedicion sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609, asi como el DNU 274/24 y el art. 4° de la ley 26.417. Tambien reprocho el rechazo de la tasa de sustitucion. La Camara Federal de Salta - Sala II, por su parte, hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, modificando la FAD al 24/07/2016. Sin embargo, confirmo la fecha inicial de pago del beneficio al 30/04/2020, descartando la doble percepcion. Confirmo la aplicacion del indice ISBIC para la actualizacion de remuneraciones, el diferimiento del recalculo de la PBU y la validez del art. 4° de la ley 26.417. Ademas, ratifico el diferimiento del analisis de la tasa de sustitucion. Rechazo el agravio sobre el impuesto a las ganancias. Declaro la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609, remitiendose al precedente 'Palavecino'. Rechazo el planteo de inconstitucionalidad del DNU 274/2024 por prematuro, pero dejo a salvo el derecho de reeditar la cuestion en etapa de ejecucion. Por ultimo, convalido la declaracion de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 y del tope del art. 14 de la Resolucion SSS 6/2009. Las costas de alzada fueron impuestas a ANSES.
Fundamentos:
La FAD se modifica al 24/07/2016 basandose en la distincion entre el nacimiento del derecho previsional y la exigibilidad de su pago, segun precedentes como 'Garcia Vidal, Luis Alberto', 'Martinez, Nestor Rolando' y 'Sarapura, Oscar Rafael'. La fecha inicial de pago no se modifica debido a la incompatibilidad entre el empleo activo y la jubilacion para evitar una doble carga al erario publico, conforme a 'Vargas, Roxana c/ ANSeS s/ Reajustes por Movilidad' y 'Gutierrez, Victor Hugo c/ ANSES s/Reajustes por Movilidad'. El indice ISBIC se confirma para la actualizacion de remuneraciones, en linea con 'Garcia, Miguel c/ Administracion Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios', 'Diaz Cortez, Fatima Sorka c/ANSeS s/ Reajustes Varios' y los precedentes de la CSJN 'Blanco, Lucio Orlando' y 'Elliff'. El recalculo de la PBU se difiere a la etapa de liquidacion, en concordancia con el criterio de la CSJN en 'Quiroga'. Se ratifica la constitucionalidad del art. 4° de la ley 26.417, citando el precedente 'Chiliguay Luis Silverio c/ANSeS s/ Reajustes por Movilidad'. La postergacion del analisis de la tasa de sustitucion se convalida. El rechazo del agravio sobre la retencion de impuesto a las ganancias sobre los retroactivos se basa en el precedente 'Percivaldi, Roberto c/ANSeS' y la doctrina de la CSJN. Las quejas sobre la retroactividad de la ley 27.426 y la suspension de la ley 27.426 son rechazadas por no coincidir con lo decidido en primera instancia. Se declara la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609, siguiendo el precedente 'Palavecino, Jose Ruben c/ ANSeS s/Reajustes Varios', al acreditarse el perjuicio en la movilidad. El planteo de inconstitucionalidad del DNU 274/2024 se considera prematuro, de acuerdo con 'Pereyra Rozas, Maria Roxana c/ANSeS s/Reajustes Varios', pero se reserva el derecho de reiterar la cuestion en etapa de ejecucion. Se convalida la declaracion de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 y del tope de la remuneracion actualizada prevista en el art. 14, ap. 2 segundo parrafo de la Res. SSS 6/2009, basandose en 'Marquez, Raimundo c/ ANSeS s/Reajustes Varios', 'Casas, Jose Ramon', 'Jubany, Lilian Laura' y 'Garcia Vidal, Luis Alberto'. Las costas de Alzada se imponen a ANSES.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241 (Art. 9, 19, 20, 24, 25, 26), Ley 27.609 (Art. 1), Decreto 274/24, Ley 27.260, Ley 26.417 (Art. 4), Ley 27.426 (Art. 2), Ley 27.541, Ley 27.551, Decreto 679/95, Resolucion N° 5567 (Ministerio Publico de Salta), Resolucion SSS 6/2009 (Art. 14, ap. 2 segundo parrafo), Ley 20.628, CPCCN (Art. 68), Acordadas de la CSJN 24/2013 y 10/2025, RJN (Art. 109)
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion