Lopez, Noemi Milagro C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Lopez, Noemi Milagro C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 24951/2017
Fecha Sentencia:
25/03/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
reajustes intereses honorarios costas liquidacion jubilacion
Carátula:
Lopez, Noemi Milagro C/ Anses S/ Reajustes Varios
Resumen:
La sentencia del Juzgado Federal de Salta 1, emitida el 25 de marzo de 2026, corresponde al expediente FSA 24951/2017 caratulado “Lopez, Noemi Milagro C/ Anses S/ Reajustes Varios”. El caso se centra en la verificacion y aprobacion de la liquidacion presentada por la actora, Noemi Milagro Lopez, respecto a diferencias de intereses sobre sumas ya percibidas en un reajuste. Previamente, el 9 de mayo de 2025, se aprobo una liquidacion de capital e intereses por $4.849.104,76 hasta el 31/07/2023, y el 25 de septiembre de 2025 se transfirieron dichos fondos tras un embargo. La actora solicito la aprobacion de diferencias de intereses por el periodo del 01/08/2023 al 25/09/2025, ascendiendo a $8.256.492,07, y otras diferencias por $87.272,49 para el periodo posterior. ANSeS no presento objeciones a la liquidacion pese a ser notificada. La resolucion judicial aprueba las diferencias de intereses por $8.256.492,07, considerandolas correctas para el primer tramo. Sin embargo, las restantes diferencias de intereses por $87.272,49 no se aprueban porque aun no estan firmes. La regulacion de honorarios se difiere hasta que la sentencia quede firme y ejecutoriada. Las costas se imponen a la ANSeS, de acuerdo con el articulo 68 del CPCCN y la postura del Superior en casos similares.
Fundamentos:
Los fundamentos de la sentencia se basan en el analisis de la liquidacion de diferencias de intereses presentada por la actora Noemi Milagro Lopez. Se considera correcto el primer tramo de los guarismos presentados con fecha 15 de octubre de 2025, correspondiente a las diferencias de intereses sobre las sumas percibidas de $4.849.104,76 por el periodo comprendido entre el 01/08/2023 y el 25/09/2025, que ascienden a $8.256.492,07. Esta aprobacion se realiza 'en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros'. Sin embargo, se difiere la aprobacion de las restantes diferencias de intereses ($87.272,49 devengados del 26/09/2025 al 15/10/2025) debido a que no se encuentran firmes. La regulacion de honorarios tambien se difiere hasta que la sentencia adquiera firmeza y ejecutoria. En cuanto a las costas, se impusieron a la ANSeS, invocando el articulo 68 del CPCCN y un criterio sostenido por el Superior en supuestos similares, incluso en ausencia de contradictorio por parte de la demandada.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 68 CPCCN
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion