Alves Serra, Ramon C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Alves Serra, Ramon C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 10615/2013
Fecha Sentencia:
25/03/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Primera Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Juzgado Federal de Salta 1
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
reajustes varios intereses costas honorarios liquidacion ANSeS apelacion primera instancia camara federal
Carátula:
ALVES SERRA, RAMON c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS
Resumen:
La sentencia del Juzgado Federal de Salta 1, con fecha 25 de marzo de 2026, corresponde al expediente N° FSA 10615/2013, caratulado "Alves Serra, Ramon c/ ANSeS s/ Reajustes Varios". El caso trata sobre la aprobacion de una nueva liquidacion por diferencias de intereses sobre sumas ya percibidas. Previamente, una liquidacion inicial fue aprobada y posteriormente modificada en segunda instancia por la Camara Federal de Apelaciones de Salta el 13 de junio de 2025, incrementando el monto total a $ 8.949.322 por el periodo 29/11/2012 al 31/12/2023, con intereses calculados hasta el 12/09/2024. Tras la transferencia de estos fondos, la continuadora de la accion presento una nueva liquidacion el 17 de octubre de 2025. En esta, solicito la aprobacion de diferencias de intereses por $ 3.004.163,82 para el periodo del 13/09/2024 al 30/09/2025, y otros $ 141.463,27 por el periodo del 01/10/2025 al 17/10/2025, ademas de la regulacion de honorarios. ANSeS no presento oposicion a los guarismos. El Juzgado resolvio aprobar la primera tranche de diferencias de intereses ($ 3.004.163,82) por considerarla correcta, pero difirio la aprobacion de la segunda ($ 141.463,27) por no encontrarse aun firmes. La regulacion de honorarios tambien fue diferida hasta que la sentencia quede firme y ejecutoriada. Las costas del proceso fueron impuestas a ANSeS, en linea con la jurisprudencia del Superior Tribunal.
Fundamentos:
El tribunal examino la liquidacion presentada por la continuadora de la accion, la cual buscaba la aprobacion de diferencias de intereses sobre sumas ya percibidas. Se considero el historial procesal, incluyendo la aprobacion previa de una liquidacion y su posterior modificacion por la Camara Federal de Apelaciones de Salta, que incremento el monto principal y los intereses. Se tomo en cuenta el silencio de ANSeS ante la notificacion de los nuevos guarismos. El Juzgado aprobo la primera parte de la liquidacion de intereses por $ 3.004.163,82, al considerarla correcta. Sin embargo, se decidio no aprobar la segunda parte de $ 141.463,27 debido a que no se encontraban firmes. La regulacion de honorarios fue diferida hasta que la presente sentencia adquiera firmeza y sea ejecutoriada. Las costas fueron impuestas a ANSeS en virtud del art. 68 CPCCN, ajustandose a la postura del Superior en casos similares, a pesar de un criterio anterior del suscripto en situaciones donde no hubo contradictorio.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
art. 68 CPCCN
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion