Molina, Olga Josefina C/ Anses S/Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Molina, Olga Josefina C/ Anses S/Reajustes Varios
N° Expediente:
4367/2017
Fecha Sentencia:
26/03/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
reajustes intereses capital honorarios costas ejecucion de sentencia movilidad PBU caso federal constitucionalidad indices ley 27.609 ley 27.426 art. 21 ley 24.463 CPCCN art. 36 ley 27.423
Carátula:
Molina, Olga Josefina C/ Anses S/Reajustes Varios
Resumen:
Este caso se origina en un recurso de apelacion presentado por la apoderada de la actora, Olga Josefina Molina, en contra de la resolucion del 2 de octubre de 2025 que aprobo la liquidacion por $3.705.028 y no impuso costas ni regulo honorarios profesionales. Asimismo, la parte demandada, ANSES, apela la aplicacion de precedentes judiciales en la etapa de ejecucion, objetando la aplicacion de indices de reajuste y solicitando costas por su orden. La sentencia de primera instancia, del 1 de octubre de 2021, habia ordenado el reajuste del haber de la accionante segun precedentes de la CSJN y otras Salas, difiriendo el tratamiento de la constitucionalidad de la ley 27.609. Esta sentencia fue confirmada por la Alzada el 22 de febrero de 2022. La Camara Federal de Salta - Sala I rechaza los agravios de ANSES respecto a los indices y la movilidad, confirmando la sentencia en lo que respecta a la liquidacion aprobada. Sin embargo, hace lugar parcialmente al recurso de la actora y revoca la imposicion de costas por su orden, decidiendo que ANSES debe soportar las costas de ambas instancias, de conformidad con el principio objetivo de la derrota en juicio y la doctrina de la CSJN sobre ejecuciones de sentencia. Ademas, ordena que la regulacion de honorarios de la apoderada de la actora se realice en grado.
Fundamentos:
La sentencia de la Camara Federal de Salta - Sala I se fundamenta en la confirmacion de la liquidacion aprobada, rechazando los agravios de ANSES sobre la aplicacion de indices de reajuste y la movilidad. Respecto a la declaracion de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, se remite a la sentencia firme del 1 de octubre de 2021, que aplico los indices de la ley 26.417 conforme al precedente "Fernandez Pastor". Se considera que no existe una diferencia significativa o confiscatoria entre los porcentajes propuestos. En cuanto a la movilidad del precedente "Alaniz", se mantiene lo dispuesto en la sentencia firme del 22 de febrero de 2022. Se rechazan los agravios sobre la ley 27.609 ya que la jueza de grado no se pronuncio sobre su constitucionalidad. En lo referente a las costas, la Camara revoca la decision de grado de no imponerlas, basandose en la doctrina de la CSJN ("Rueda Orlinda c/ ANSeS") que establece que en procesos de ejecucion de sentencia no corresponde aplicar el regimen de excepcion del art. 21 de la ley 24.463. Se sostiene que la falta de cumplimiento de la manda judicial por parte de ANSES justifica que el organismo soporte las costas derivadas de la ejecucion forzada de la sentencia, aplicando el principio objetivo de la derrota en juicio. Finalmente, se dispone que la regulacion de honorarios de la apoderada de la actora se practique en la instancia de origen.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 27.609, Ley 27.426 (art. 2), Ley 26.417, Ley 24.463 (art. 22 y art. 21), CPCCN (art. 68), Ley 27.423 (art. 36), Acordadas CSJN 24/13 y 10/25
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion