Ojeda, Antonio Perfecto C/ Anses S/ Reajustes Por Movilidad

Información Básica
Nombre del Caso:
Ojeda, Antonio Perfecto C/ Anses S/ Reajustes Por Movilidad
N° Expediente:
FSA 11838/2023/CA1
Fecha Sentencia:
26/03/2026
Honorarios:
No especificados
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Sujeta a Revision
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala II
Detalles Técnicos
Jueces:
No especificados
Palabras Clave:
movilidad tope PBU costas honorarios sumas no remunerativas jubilacion ganancias regularidad inconstitucionalidad reajustes recurso directo
Carátula:
OJEDA, ANTONIO PERFECTO c/ ANSES s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala II, en Segunda Instancia, abordo recursos de apelacion presentados por la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y por el actor, Antonio Perfecto Ojeda. Los recursos impugnaban una sentencia previa que habia hecho lugar parcialmente a la demanda de reajustes por movilidad, ordenando el recalculo de las prestaciones del haber inicial e incluyendo sumas no remunerativas, postergando el analisis de la constitucionalidad de la ley 27.609, la Prestacion Basica Universal (PBU), la tasa de sustitucion, y el tope del art. 9 inc. 3, entre otros puntos. La Camara rechazo la apelacion de ANSES, confirmando la inclusion de sumas no remunerativas en el calculo del haber inicial, el reajuste de la PBU conforme a la doctrina de la Corte Suprema, el diferimiento de la tasa de sustitucion y la improcedencia de retencion por impuesto a las ganancias en retroactivos. Por otro lado, la Camara hizo lugar parcialmente a la apelacion del actor, declarando la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609. Ademas, la sentencia confirmo el diferimiento para la etapa de liquidacion del analisis de la constitucionalidad del tope extrinseco del art. 9 de la ley 24.463 y confirmo la declaracion de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 y del tope del art. 14, ap. 2 segundo parrafo de la Res. SSS 6/2009. Las costas de ambas instancias fueron impuestas a la ANSES, y se dejo a salvo el derecho del actor a reeditar planteos sobre el DNU 274/24 en la etapa de ejecucion. La sentencia hace reserva de la instancia extraordinaria y del caso federal.
Fundamentos:
La sentencia se fundamenta en el principio de la verdad juridica objetiva para incluir sumas no remunerativas, citando la Ley N° 24.241 y el precedente de la CSJN “Rainone de Ruffo”. El reajuste de la PBU se basa en el criterio de la CSJN en “Quiroga Carlos Alberto” y fallos de la Sala como “Aguado Nelida del Carmen” y “Fernandez Gladis”, buscando una funcion niveladora y redistributiva. La declaracion de inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609 se sostiene en el precedente “Palavecino, Jose Ruben”, que acredito el perjuicio causado por la formula de movilidad. El rechazo del planteo sobre el DNU 274/24 es por prematuro y conjetural, remitiendose a “Pereyra Rozas, Maria Roxana”. La inconstitucionalidad de los topes del art. 24 de la ley 24.241 y del art. 14, ap. 2, segundo parrafo de la Res. SSS 6/2009 se convalida en base a “Marquez, Raimundo” y “Casas, Jose Ramon”. El diferimiento del analisis del tope extrinseco del art. 9 de la ley 24.463 se apoya en la doctrina de la CSJN en “Panizza” y “Yebra, Rodolfo”. La imposicion de costas se alinea con el precedente de la CSJN “Morales, Blanca Azucena”.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 24.241, Ley 27.609, Decreto 274/24, Ley 26.417, Resolucion SSS 6/2009, Ley 24.463, Ley 20.628, CPCCN, Acordadas de la CSJN 24/2013 y 10/2025, RJN, Constitucion Nacional
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion