Carátula:
Gerez, Blanca Asucena C/ Anses S/ Reajustes Por Movilidad
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala II resolvio las apelaciones presentadas por la Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y por la actora, Blanca Asucena Gerez, contra la sentencia de primera instancia. La demanda original solicitaba reajustes por movilidad de una pension derivada. La sentencia de primera instancia dispuso la actualizacion de remuneraciones segun el ISBIC y luego la ley 26.417, y aplico pautas de movilidad basadas en precedentes de la Sala II ("Caliva" y "Marquez") para la ley 27.541. La Camara hizo lugar parcialmente al recurso de ANSeS, revocando la aplicacion de la ley 26.417 para la movilidad del mensual de marzo de 2018 y ordenando la aplicacion de la ley 27.426 para ese periodo. Ademas, hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, declarando la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y ordenando a ANSeS ajustar el beneficio conforme las pautas del considerando 9. Se confirmo el diferimiento del recalculo de la PBU y el analisis de los topes para la etapa de liquidacion. Se rechazo el planteo contra el DNU 274/2024 por considerarlo prematuro y conjetural en esta instancia, asi como el cuestionamiento sobre el impuesto a las ganancias. Las costas de la Alzada se impusieron a la demandada.
Fundamentos:
La Camara Federal de Salta - Sala II resolvio hacer lugar parcialmente al recurso de apelacion de ANSeS, revocando la sentencia de primera instancia en cuanto a las pautas de movilizacion para el mensual de marzo de 2018 y ordenando la aplicacion de la movilidad establecida en la ley 27.426 para dicho periodo. Asimismo, hizo lugar parcialmente al recurso de apelacion de la actora, declarando la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, fundamentandose en el precedente “Palavecino, Jose Ruben c/ ANSeS s/Reajustes Varios” que acredito el perjuicio causado por la formula. La Sala confirmo el diferimiento del analisis del recalculo de la PBU y del planteo de inconstitucionalidad del tope extrinseco del art. 9 de la ley 24.463 para la etapa de liquidacion, en concordancia con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion. Se rechazo el agravio sobre la improcedencia de retencion en concepto de impuesto a las ganancias por no haber sido objeto de expedicion en primera instancia. Tambien se rechazo el planteo de inconstitucionalidad del DNU 274/2024 por considerarlo conjetural y prematuro. Las costas de la Alzada se impusieron a la demandada, conforme al art. 36 de la ley 27.423 y la doctrina del precedente “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnacion de acto administrativo” de la CSJN.
Normativa Aplicada:
ley 26.417, ley 27.541, ley 27.609, decreto 274/24, ley 27.426, Res. SSS6/09, art. 14 bis de la Ley Fundamental, ley 24.241, ley 24.463, Res. ANSES E 28 y 88 de 2018
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion