Arroyo, Marta Silvia C/ Anses S/ Reajustes Varios

Información Básica
Nombre del Caso:
Arroyo, Marta Silvia C/ Anses S/ Reajustes Varios
N° Expediente:
FSA 12304/2016/2/CA4
Fecha Sentencia:
31/03/2026
Honorarios:
$408032.0
Datos Judiciales
Instancia:
Segunda Instancia
Estado Sentencia:
Firme
Jurisdicción:
FSA - Justicia Federal de Salta
Juzgado:
Camara Federal de Salta - Sala I
Detalles Técnicos
Jueces:
Digitally signed by EZ
Palabras Clave:
honorarios regulacion ley 27.423 ley 21.839 UMA ejecucion de sentencia base regulatoria actualizacion caso federal costas Corte Suprema
Carátula:
Inc. Apelacion En Autos: Arroyo, Marta Silvia C/ Anses S/ Reajustes Varios
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala I resuelve una apelacion interpuesta por la Dra. Julia Tamara Toyos respecto a la regulacion de sus honorarios profesionales en la etapa de ejecucion de sentencia. La profesional se agravo porque la regulacion inicial de $248.030 se realizo con las pautas de la ley 21.839, mientras que, por la fecha de sus actuaciones (a partir del 20/5/25), corresponde la aplicacion de la ley 27.423. Ademas, senalo la omision de actualizar la base regulatoria. La Camara considera acertado el pedido de aplicar la ley 27.423, siguiendo el criterio de la Corte Suprema en el precedente “Establecimiento Las Marias S.A.C.I.F.A. c/ Misiones, Provincia de s/ accion declarativa”. La base de calculo se fija en $4.542.672. Se aplica el art. 41 de la ley 27.423, que reduce a la mitad la escala del art. 21, y una disminucion adicional del 10% por no haberse interpuesto excepciones. Finalmente, se elevan los honorarios a 4,54 UMA, equivalentes a $408.032, mas el IVA. Se remarca que el pago debe ser equivalente en UMAS a su valor vigente al momento del abono. Tambien se remiten a fundamentos de otro antecedente para la actualizacion de la base regulatoria. Las costas se imponen por el orden causado.
Fundamentos:
Los fundamentos de la sentencia se basan en la aplicacion de la ley 27.423, de acuerdo con el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, que establece que el derecho a honorarios se constituye en la oportunidad en que se realiza la labor profesional. Dado que la labor de ejecucion de sentencia se llevo a cabo a partir del 20/5/25, fecha en que la ley 27.423 (vigente desde el 22/12/17) estaba en curso, es esta la normativa aplicable para valorar las tareas. La base de calculo se fija en el interes economico en juego en esa etapa, correspondiente a las planillas aprobadas por un total de $4.542.672. Se aplica el art. 41 de la ley 27.423, que reduce los honorarios a la mitad de la escala del art. 21, y una disminucion adicional del 10% por no haberse interPuesto excepciones. El valor UMA es de $89.875, segun la resolucion SGA N° 235/26 de la CSJN. La actualizacion de la base regulatoria se remite a los fundamentos de un precedente analogo de la misma Sala I. Las costas de la instancia se imponen por el orden causado.
Datos Adicionales
Normativa Aplicada:
Ley 21.839, Ley 27.423 (arts. 21, 22, 24, 41, 51), Fallos: 341:1063, Fallos: 346:634, CSJN S. 516. XXXVI. REX, Resolucion SGA N° 235/26 de la CSJN, Acordadas CSJN 24/13 y 10/25
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion