Carátula:
Incidente de apelacion HANA, JUAN DOMINGO c/ANSeS s/Reajustes Varios
Resumen:
La Camara Federal de Salta - Sala II se pronuncio sobre el incidente de apelacion presentado por Juan Domingo Hana contra ANSeS en un caso de reajustes varios (Expte. N°FSA15453/2018/2). La sentencia previa, del 6 de octubre de 2025, habia aprobado una liquidacion de retroactivos por $3,824,081.93 a favor del actor, con capital e intereses calculados hasta la fecha de corte. Sin embargo, dicha sentencia reservo el derecho de actualizar los intereses hasta que la base de determinacion quedara firme, rechazo un pedido de daños y perjuicios de la demandante y difirio la regulacion de los honorarios profesionales, imponiendo las costas a la ANSeS. El actor apelo, quejandose de la omision de regular los honorarios con base en la liquidacion aprobada y sin fijar intereses en el incidente de aprobacion. La demandada, ANSeS, no contesto el traslado de ley. La Camara Federal resolvio RECHAZAR el recurso de apelacion de la parte actora y CONFIRMAR la sentencia del 6 de octubre de 2025. Respecto a los intereses, se sostuvo que su postergacion no causaba perjuicio, ya que el derecho a reclamarlos estaba reservado para etapas posteriores. En cuanto a los honorarios, se confirmo que la regulacion debia ser realizada por el juez de primera instancia (a quo), en un incidente separado para no entorpecer el tramite principal, citando jurisprudencia anterior. Ademas, se impusieron SIN COSTAS de la Alzada debido a la falta de contradictorio. El Dr. Alejandro Augusto Castellanos no firmo por excusacion.
Fundamentos:
La Camara confirmo la decision del juez de primera instancia (a quo) de diferir la actualizacion de los intereses hasta que la base de la condena sea firme, al considerar que esta postergacion no causa perjuicio a la parte recurrente, ya que su derecho a computarlos esta reservado para etapas posteriores. En cuanto a la regulacion de los honorarios profesionales, se reitero que esta tarea debe ser llevada a cabo por el a quo mediante la formacion de un incidente separado, para garantizar el doble conforme a las partes y no entorpecer el tramite principal, de conformidad con lo resuelto en casos previos como 'Palavecino, Jose Ruben'. La ausencia de contestacion del traslado de ley por parte de la demandada llevo a que no se impusieran costas de la Alzada.
Normativa Aplicada:
art. 68 CPCCN, arts. 15, 16, 21, 22, 24 y 36 de la ley 27.423, Acordadas CSJN 24/2013 y 10/2025, art. 109 RJN
N° Resolución:
No se menciona numero de resolucion