Jueces:
Enrique Santiago Petracchi, Augusto Cesar Belluscio, Carlos S. Fayt, Juan Carlos Maqueda, E. Raul Zaffaroni, Elena I. Highton de Nolasco, Ricardo Luis Lorenzetti, Carmen M. Argibay
Carátula:
Andino, Basilio Modesto c/ANSeS/reajustes varios
Resumen:
El caso "Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS / reajustes varios" llega a la Corte Suprema de Justicia de la Nación tras una sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmaba un fallo de primera instancia, delimitando periodos sujetos a reajuste y ordenando a ANSeS abonar las diferencias resultantes que excedieran el 10% hasta la fecha de liquidación. Tanto la parte actora como ANSeS apelaron dicha sentencia. El demandante se agravia de la quita del 10% aplicada incluso después de la ley de convertibilidad, argumentando contradicción con el precedente "Chocobar". La Corte considera que la objeción es procedente y revoca parcialmente la sentencia apelada, ordenando que la reducción admitida no se aplique a la movilidad reconocida desde el 1 de abril de 1991. Los planteos de ANSeS sobre el método de movilidad de haberes y el plazo de cumplimiento de la sentencia son desestimados por no guardar relación con lo decidido previamente. El argumento de ANSeS de "hecho nuevo" basado en el precedente "Sánchez" es rechazado por la Corte debido a la prohibición legal de invocar hechos nuevos ante ella y a que la parte actora había solicitado la aplicación del precedente "Chocobar" desde el inicio. La Corte Suprema, si bien reconoce la posible desigualdad derivada del cambio de jurisprudencia, decide no prescindir de la cosa juzgada, los límites de su jurisdicción y las normas procesales.
Fundamentos:
La decision se basa en la aplicacion del precedente "Chocobar" y la imposibilidad de aplicar la quita del 10% a la movilidad reconocida desde el 1 de abril de 1991. Se rechaza el planteo de "hecho nuevo" de ANSeS y se prioriza la cosa juzgada y las normas procesales.